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SALGUERO, LUCIA NADIA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y ajustó el cálculo de los intereses a aplicar.

Intereses Incapacidad laboral Accidente de trabajo Actualizacion Ripte Decreto 669 2019 Ibm

Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el monto del ingreso base imponible (IBM) determinado en primera instancia, pero se modificó la sentencia en lo relativo al cálculo de intereses. Principales fundamentos:
- Para el cálculo del IBM, el juez de grado aplicó correctamente las pautas del art. 12 LRT, sin que corresponda excluir conceptos remuneratorios.
- Respecto a los intereses, corresponde su cómputo desde la fecha del accidente, conforme arts. 2 ley 26.773 y 1748 CCyC. Sin embargo, no corresponde aplicar las Actas CNAT, sino el régimen especial previsto en el Decreto 669/2019 que establece actualización por RIPTE más interés puro del 6% anual.
- Las costas se imponen a la demandada y se confirman los honorarios de los profesionales.

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