GODOY, JUAN CARLOS c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado reclama prestaciones dinerarias. Cámara confirma sentencia que reconoció el derecho a percibir las prestaciones.
Prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de accidente "in itinere"
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que reconoció al actor el derecho a percibir las prestaciones dinerarias en los términos de la Ley 24.557.
Fundamentos principales:
- El juez de grado aplicó correctamente el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial para el cálculo de los intereses, sin aplicar el Acta 2764/22 de la CNAT.
- La demandada no acreditó que la aplicación del art. 770 inc. b) genere un despojo o un perjuicio ilegítimo a su patrimonio, más allá de la mera declamación.
- La jurisprudencia ha considerado que la imposibilidad de actualización monetaria es una medida de política económica no sujeta a control jurisdiccional, salvo que produzca efectos confiscatorios.
- Los intereses moratorios aplicados son suficientes para considerar el daño derivado de la falta de pago y la "tasa de interés pura", evitando el perjuicio al acreedor.
- Los honorarios han sido regulados en porcentajes razonables y adecuados.
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