ALOMO, FELIX ANTONIO c/ CAVCON S.A. Y OTRO s/LEY 22.250
El actor impugnó la falta de condena por salarios adeudados y los intereses fijados. La Cámara modificó la sentencia y estableció la actualización de los créditos laborales mediante el IPC más una tasa de interés anual.
Salarios adeudados y determinación de intereses
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Confirmó la sentencia de primera instancia, pero modificó el método de cálculo de los intereses, estableciendo la aplicación del índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés anual del 3% sin capitalización. La Cámara señaló que el nominalismo es un principio aceptable mientras la capacidad adquisitiva de la moneda se mantiene estable, pero que ante la inflación, el sistema se torna injusto y afecta el derecho de los acreedores. Consideró que corresponde aplicar una solución de cuño valorista para compensar la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Sostuvo que el cuestionado DNU 70/23 buscaba innovar en el sistema imponiendo un reajuste de los créditos laborales mediante la aplicación del índice de precios al consumidor con más una tasa pura del 3% anual, criterio que estimó razonable para la actual realidad económica.
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