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ALBARRACIN, HECTOR EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador accionó por incapacidad psíquica derivada de accidente laboral. La Cámara confirmó la sentencia que consideró no acreditada la relación causal entre la afección psíquica y el siniestro.

Pericia medica Prueba Relacion causal Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Psicodiagnostico

Incapacidad psíquica derivada de accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia que consideró no acreditada la relación causal entre la afección psíquica y el accidente. La Cámara consideró que el informe pericial médico no luce debidamente fundado en cuanto a la incapacidad psíquica del 10,70% informada, ya que no surge que el perito haya realizado un examen psicológico al actor ni explicado las razones científicas por las que adhirió a las conclusiones del psicodiagnóstico incorporado. Además, el psicodiagnóstico solo se basó en las manifestaciones subjetivas del actor, sin estudios objetivos. Por otro lado, la Cámara entendió que el evento dañoso no revestía entidad suficiente como para provocar el cuadro psíquico detallado, dado que el actor solo permaneció en situación de Incapacidad Laboral Transitoria (ILT) por 13 días.

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