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GOMEZ, LUCIA SOLEDAD c/ LAZARILLO S.A. s/DESPIDO

Trabajadora demandó a la empresa por despido. Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y estableció pautas de actualización y capitalización de los créditos laborales.

Intereses Actualizacion Capitalizacion Despido Constitucionalidad Creditos laborales Reformatio in pejus


¿Quién es el actor?

Lucía Soledad Gómez, trabajadora

¿A quién se demanda?

Lazarillo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El juez de primera instancia declaró la inconstitucionalidad de las leyes que prohibían la repotenciación de deudas laborales y dispuso la actualización de los créditos diferidos conforme al IPC y un interés puro del 4% anual.
- La Cámara confirmó este criterio, citando precedentes de la CSJN que rechazan el criterio nominalista cerrado y permiten la actualización de los créditos laborales impagos.
- Si bien en casos anteriores la Sala había propuesto un interés puro del 3%, en este caso no corresponde modificar el 4% dispuesto por el juez de primera instancia, ya que ello implicaría una reformatio in pejus.
- También se confirmó la capitalización de intereses conforme al artículo 770 inc. b) del CCyC, a la fecha de notificación de la demanda.

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