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IBAÑEZ, MAXIMILIANO ARIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor cuestionó la incapacidad del 16.69% adjudicada en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia al considerar que los agravios eran insuficientes para justificar una rectificación.

Recurso de apelacion Incapacidad laboral Confirmacion de sentencia Accidente de trabajo Dano psiquico

Cuestionar incapacidad del 16.69% adjudicada y denunciar trauma psíquico con minusvalía del 87%.
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia al considerar que: a) existe concordancia entre las incapacidades asignadas en sede administrativa y judicial; b) el actor ya tenía una previa incapacidad del 9.3%; c) el accidente fue leve y no genera un trauma psíquico significativo; y d) el informe pericial se refiere a un evento distinto al denunciado.
- Fundamentos principales: "en el caso se tuvo por cierto que el actor resbaló, un día de lluvia al intentar ingresar a su vehículo, para dirigirse al trabajo y, por tal razón se la adjudicó una minusvalía del 18.68% en sede judicial que resulta superior a la adjudicada en sede administrativa: 13,70% siendo improcedente su estimación en el 87% ya que: a) existe pluralidad y concordancia básica entre la magnitud de las lesiones sufridas tanto en sede administrativa como judicial sin que pueda presumirse, en base a un informe privado, que la minusvalía ascienda al 87%; b) el actor no discute que, al momento de sufrir el evento dañoso que nos ocupa, ya portaba una minusvalía funcional previa del 9,30 lo que legitima la aplicación de la fórmula Balthazard; c) el accidente fue de carácter leve y, por sus características intrínsecas, es irrazonable aceptar que haya causado un trauma mental susceptible de ser producido por siniestros idóneos para causar daños emocionales, tales como incendios, derrumbes y accidentes vehiculares con riesgo de vida y d) en el estudio del Dr. Fedi se hace referencia al siniestro sufrido como si fuera un trauma vehicular -es decir un choque de vehículos
- o sea un evento diferente al denunciado".

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