AYALA GAONA, EDUARDO NICOLAS c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso la aplicación de intereses según la tasa activa cartera general del Banco Nación.
Incapacidad por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia respecto a la aplicación de intereses. Consideró que el Decreto 669/19 que establecía la variación del RIPTE es inconstitucional, por lo que correspondía aplicar los intereses según la tasa activa del Banco Nación.
- Fundamentos relevantes:
- El Decreto 669/19 carece de validez constitucional ya que no reviste el carácter de "necesidad y urgencia" requerido para su dictado.
- El DNU buscaba disminuir la actualización de las indemnizaciones a fin de mejorar el rendimiento financiero de las aseguradoras, afectando los derechos de los trabajadores.
- Corresponde aplicar el art. 770 del CCyC que prevé la capitalización de intereses, dada su naturaleza de orden público.
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