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SOTO, WALTER HERNAN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió reclamo por incapacidad derivada de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia al fijar un nuevo criterio para el cálculo de intereses.

Intereses Incapacidad Tasa activa Accidente de trabajo Peritaje medico Camara nacional de apelaciones del trabajo

Incapacidad por accidente de trabajo
- Decisión:
- La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo y condenó a la demandada, al considerar que el peritaje médico realizado era válido y suficiente.
- Sin embargo, la Cámara modificó la decisión en cuanto al cálculo de intereses, estableciendo que el crédito objeto de condena ($36.738,02) devengará intereses a la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha del siniestro (09.05.2022) hasta la notificación del traslado del recurso de apelación en sede administrativa (12.01.2023), momento en el cual se procederá a su acumulación al capital.
- El nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las tasas mencionadas, hasta el efectivo pago.

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