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SCHUSTER, ELIZABETH MAGALI c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora promovió demanda por denegación de incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó el cálculo de intereses sobre la indemnización de acuerdo a la tasa RIPTE.

Tasa de interes Incapacidad laboral Nexo causal Dano psicologico Accidente de trabajo Ripte

Denegación de incapacidad psicológica
- Decisión: La Cámara rechazó el reclamo de incapacidad psicológica por falta de acreditación del nexo causal, pero modificó la sentencia para aplicar la tasa RIPTE en el cálculo de intereses. El tribunal señaló que si bien la perito médica reconoció un cuadro psicológico en la actora, no se acreditó que el mismo tuviera un nexo causal específico con el accidente laboral. Además, la Cámara consideró que las circunstancias del accidente (esguince de tobillo, traumatismo de mano y rodilla) no ameritaban concluir que pudieran haber impactado en la esfera psíquica de modo irreversible. Por otro lado, la Cámara modificó la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable, ordenando que se calcule conforme a la tasa RIPTE, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo.

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