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LEDESMA, ANDRES NICOLAS c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de tránsito laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el reconocimiento del daño psicológico y los intereses desde la primera manifestación invalidante.

Intereses Reparacion integral Dano psicologico Incapacidad psicologica Accidente de trabajo


- Actor: Ledesma Andrés Nicolás
- Demandado: Provincia ART S.A.
- Objeto: Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de accidente de tránsito laboral
- Decisión: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Se reconoce incapacidad psicológica y se establecen los intereses desde la primera manifestación invalidante. Fundamentos principales:
- No es óbice para reclamar el daño psicológico que no se haya denunciado previamente en sede administrativa, dado el carácter informal de dicho trámite.
- El daño psicológico es un bien jurídico tutelable de manera autónoma, independiente del daño físico.
- Los intereses deben correr desde la primera manifestación invalidante, no desde un plazo posterior, en aplicación del principio de reparación integral.

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