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CARRILLO, ALICIA GRACIELA c/ AUTO GENERALI S.A. s/COBRO DE SALARIOS

La actora demandó el cobro de salarios por horas extras. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y estableció el pago de las diferencias salariales con intereses.

Intereses Testigos Cobro de salarios Pago parcial Horas extras Jornada laboral

La actora, Alicia Graciela Carrillo, demandó a Auto Generali S.A. por el cobro de salarios, denunciando que se desempeñaba como vendedora de planes de ahorro y cumplía una jornada de 9 a 20 horas. La demandada negó la jornada denunciada y alegó que el horario era de lunes a viernes de 9 a 13 y de 14 a 19 horas, y los sábados de 5 horas, compensándose con una hora menos los días de semana. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que no se acreditó que la empresa hubiese adoptado un régimen de trabajo por equipos con francos compensatorios, por lo que correspondía aplicar el régimen general de jornada máxima legal. Asimismo, tuvo por acreditada la jornada denunciada por la actora con base en el testimonio de sus compañeros de trabajo. Respecto del pago parcial realizado por la empresa, la Cámara consideró que dicho pago debía devengar intereses desde la exigibilidad de los créditos hasta la fecha de la transferencia efectuada.

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