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AVENDAÑO, JULIO FELICIANO c/ CLIRO S.A. (ART 29 LO DESDE EL 10.3.2022) Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia reduciendo los intereses adeudados.

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Despido
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a los intereses adeudados.
- Fundamentos:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación había descalificado la capitalización periódica y sucesiva de intereses ordenada en el Acta CNAT 2764/2022, por considerar que no estaba sustentada en las disposiciones del Código Civil y Comercial.
- La tasa de interés debe comprender las expectativas inflacionarias, la tasa vigente de ganancia y criterios de la autoridad del BCRA, a fin de mantener el valor de la indemnización y compensar al acreedor por la demora.
- Dado el contexto inflacionario, la aplicación lineal de las tasas previstas en las Actas 2601, 2630 y 2658 ya no lograba compensar la pérdida del poder adquisitivo del crédito laboral.
- Para evitar la licuación del crédito, se reemplazará el Acta 2764 por el Acta 2783, pero aplicando una reducción del 20% sobre el total del capital revalorizado con más sus accesorios.

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