MORALES, LUCAS MATIAS c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso que la suma diferida a condena sea ajustada mediante el índice RIPTE más un 3% anual de interés puro.
Accidente de trabajo
- Ley Especial
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso ajustar la suma diferida a condena mediante el índice RIPTE más un 3% anual de interés puro.
Los fundamentos principales son:
- La Corte Suprema descalificó el fallo anterior y ordenó una nueva resolución aplicando las pautas que ella indicó.
- La imposibilidad de proceder a actualización monetaria ha producido efectos devastadores sobre la integridad de los créditos laborales no cancelados oportunamente.
- La aplicación de intereses moratorios lineales ha resultado insuficiente para compensar la pérdida de valor adquisitivo de la moneda.
- El art. 84 del decreto 70/84 establecía una pauta de actualización y/o repotenciación y/o intereses, pero está suspendido.
- En ausencia de una tasa de interés bancaria suficiente, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.982 que prohíbe la actualización monetaria.
- Se aplica el índice RIPTE más 3% anual de interés puro, por ser la pauta más apropiada respetando los lineamientos de la Corte Suprema.
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