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PUERTA, LEANDRO EZEQUIEL c/ FUNDACION JULIO BOCCA s/DESPIDO

El actor reclamó indemnizaciones por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el pago de una indemnización adicional por falta de entrega de certificados.

Indemnizacion Intimacion Despido Entrega de certificados Art 80 lct

Indemnizaciones por despido, incluyendo la indemnización del art. 80 LCT por falta de entrega de certificados
- Decisión: La Cámara confirmó los rubros concedidos en primera instancia, pero revocó el rechazo de la indemnización del art. 80 LCT. Modificó el monto total de condena a $1.201.432. La Cámara consideró que el actor había intimado fehacientemente a la empleadora a cumplir con la entrega de los certificados. Si bien la reglamentación establece un plazo de 30 días para que el empleador regularice, este no puede constituir un obstáculo formal que impida la procedencia de la indemnización cuando el trabajador ya intimó en los términos de la ley. Por lo tanto, correspondía hacer lugar al reclamo por la indemnización del art. 80 LCT.

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