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BENAVIDES, JULIETA c/ GERENCIAMIENTO HOSPITALARIO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La trabajadora demandó a su exempleador por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó los montos indemnizatorios.

Retroactividad de la ley Grupo economico Despido incausado Multa art 132 bis lct Indemnizacion art 245 lct Agravamiento indemnizatorio art 2 ley 25 323


- Actor: Julieta Benavides
- Demandados: Gerenciamiento Hospitalario SA y Administrar Salud SA
- Objeto: Despido incausado
- Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de la trabajadora, modificando la sentencia de primera instancia. Se elevan los montos de la indemnización por despido incausado (art. 245 LCT) y el agravamiento indemnizatorio (art. 2 Ley 25.323). Se confirma el rechazo de la demanda contra Administrar Salud SA. Fundamentos:
- La Cámara consideró que la trabajadora había acreditado la fecha de ingreso el 3/1/2006 y no el 30/1/2006 como se había tomado en la sentencia de primera instancia. Por lo tanto, correspondían 17 períodos indemnizables por despido y no 16 como se había calculado.
- Respecto a la multa del art. 2 Ley 25.323, la Cámara confirmó su aplicación por considerar que los hechos que la originaron ocurrieron vigente dicha ley, sin que las reformas posteriores de la Ley 27.742 pudieran afectarla retroactivamente.
- Se desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la multa del art. 132 bis LCT por considerarlo novedoso.
- Se confirmó el rechazo de la demanda contra Administrar Salud SA por considerar que la actora no acreditó los extremos necesarios para hacerla responsable.

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