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LOPEZ, OSCAR ORLANDO c/ QUAZON S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó el reajuste del capital de condena mediante IPC con más un 3% de interés anual.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena impuesta en primera instancia, pero ordenó el reajuste del capital de condena mediante IPC con más un 3% de interés anual. Rechazó el reclamo del trabajador por aplicación de la sanción del art. 80 LCT. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La demandada no acreditó la justa causa del despido, ya que no probó que el actor se hubiera sustraído maliciosamente de efectuar tareas mediante una denuncia falsa de síntomas de COVID-19.
- Respecto a la sanción del art. 2 de la ley 25.323, el tribunal consideró que no era aplicable el principio de la ley más benigna propio del derecho penal, y que la nueva ley que derogaba dicha sanción no podía aplicarse retroactivamente.
- En cuanto a los intereses, el tribunal consideró que correspondía aplicar IPC más una tasa pura del 3% anual, debido al deterioro del valor adquisitivo de la moneda.

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