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MONTENEGRO, JULIO ROBERTO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el crédito por el índice RIPTE con una tasa de interés del 6% anual.

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El actor, JULIO ROBERTO MONTENEGRO, demandó a la ART ASOCIART S.A. por un accidente de trabajo. El juez de primera instancia ordenó actualizar el crédito conforme al IPC más una tasa del 3% anual. La demandada apeló cuestionando la actualización del crédito y los honorarios. La Cámara resolvió: 1) Modificar la actualización del crédito, ordenando aplicar el índice RIPTE más una tasa de interés pura del 6% anual, sin capitalización. 2) Confirmar lo restante de la sentencia de primera instancia. 3) Imponer las costas de Alzada a la demandada. 4) Regular los honorarios de Alzada en el 20% de lo fijado en la instancia previa. La Dra. Craig y la Dra. Vázquez, en disidencia parcial, propusieron que la actualización por RIPTE más 6% de interés anual se aplique hasta la fecha de liquidación, y luego rige el interés del 30% anual del art. 12 de la ley 24.557 (texto del DNU 669/2019) en caso de mora.

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