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RODRIGUEZ, MIRIAM GRACIELA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que determinó que la relación entablada entre las partes tuvo carácter laboral dependiente.

Inconstitucionalidad Relacion de trabajo Presuncion del art 23 lct Subordinacion Indices de actualizacion


- Actora: Miriam Graciela Rodríguez
- Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)
- Objeto: Despido
- Decisión: La Cámara confirma que la relación entre las partes era de carácter laboral dependiente, pese a la alegación del PAMI de que se trataba de una locación de servicios.
- Fundamentos:
- Se aplicó la presunción del art. 23 LCT, ya que la actora prestó servicios para el PAMI.
- El "Reglamento para prestadores individuales" del PAMI establecía condiciones y controles propios de una relación de trabajo dependiente.
- Las declaraciones testimoniales y el informe pericial contable corroboraron los rasgos de subordinación.
- El hecho de que la actora emitiera facturas no altera la naturaleza laboral de la relación. En cuanto a la actualización del crédito:
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 (prohibición de indexación) en atención a la situación económica actual.
- Se dispone que el capital sea actualizado por el IPC (nivel general) más un interés puro del 3% anual.
- Se establece que este mecanismo no podrá empeorar la situación del apelante.

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