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ROLON, ALFREDO ANTONIO Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. (HOY TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A.) s/OTROS RECLAMOS

Trabajadores de Telefónica reclamaron diferencias salariales por conceptos calificados como no remunerativos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al reclamo.

Diferencias salariales Cer Convenio colectivo Principio de irrenunciabilidad Conceptos no remunerativos

Diferencias salariales por conceptos calificados como no remunerativos en acuerdos colectivos (compensación por viáticos y tarifa telefónica)

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo. Los principales fundamentos de la decisión son:
- La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de considerar como no remunerativos a conceptos que deben tener carácter salarial, conforme al Convenio 95 OIT.
- Los acuerdos colectivos que califican como no remunerativos a conceptos salariales son nulos, ya que el convenio colectivo no puede válidamente cambiar la naturaleza remuneratoria establecida por la ley.
- El silencio del trabajador no implica renuncia a derechos, en virtud del principio de irrenunciabilidad.
- Se aplica el criterio del Plenario N°202 "Condori Limachi" para determinar el período de diferencias salariales.
- Se aplica el CER como interés moratorio sobre los créditos, conforme precedentes de la Sala.

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