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BRIZUELA, JESUS c/ PROVINCIA ART S.A. -3- s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y determinó una incapacidad indemnizable del 6,50% por secuelas físicas, sin reconocer el daño psicológico.

Intereses Indemnizacion Dano psicologico Dano fisico Ley de riesgos del trabajo Accidente in itinere Incapacidad parcial

Indemnización por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia que había confirmado la disposición de la Comisión Médica. Determinó una incapacidad del 6,50% de la t.o. por secuelas físicas, sin reconocer el daño psicológico aducido. Condenó a la ART a abonar una indemnización calculada a partir del ingreso base mensual y aplicando la tasa de interés correspondiente. Los fundamentos principales fueron:
- El carácter laboral del evento no se encuentra controvertido, ya que la propia ART reconoció la cobertura y otorgó prestaciones médicas.
- La pericia médica acreditó una incapacidad física del 5,20%, más un 1,30% por factores de ponderación.
- En cuanto al daño psicológico, el juez consideró que no existe proporcionalidad entre el daño físico leve y el daño psíquico reconocido, y que la perito no brindó una fundamentación adecuada que permita atribuirlo al accidente.

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