SPERANZA, MATIAS NICOLAS c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador impugnó la tasa de interés fijada en primera instancia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un nuevo criterio de actualización y cálculo de intereses que considera más equitativo.
Recurso Ley 27348
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el monto de condena devengue intereses conforme a la pauta establecida en el considerando II. Declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de tasas bancarias como único método de recomposición del crédito laboral, considerando que no cubren la depreciación de la moneda. Estableció que los créditos se actualicen por el IPC más un 3% anual de interés puro.
Principales fundamentos:
- El principio de igualdad y no discriminación implica que no puede haber un trato diferenciado injustificado entre trabajadores despedidos y accidentados.
- La aplicación de tasas bancarias como único método de recomposición viola los arts. 16, 17 y 19 de la CN al no compensar mínimamente la pérdida del poder adquisitivo.
- Corresponde adoptar el criterio de actualización por IPC más 3% anual de interés puro, como se resolvió en la causa "Ibalo".
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