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ZURITA, LUCIA FERNANDA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL DE LA REP. ARGENTINA Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al determinar la forma de actualización de los créditos laborales.

Tasa de interes Actualizacion monetaria Inconstitucionalidad Despido indirecto Creditos laborales Ripte

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, confirmando el rechazo de los reclamos principales de la actora, pero ordenando actualizar el capital adeudado conforme al índice RIPTE más una tasa de interés pura del 6% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La actora no logró acreditar los hechos que sustentaban el despido indirecto reclamado.
- La prohibición de indexación monetaria establecida en la Ley 23.928 es inconstitucional en el caso, por generar una grave erosión de los créditos laborales.
- La actualización por RIPTE más interés del 6% anual es un mecanismo razonable y que evita resultados desproporcionados.

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