LUQUE, CECILIA GISELLE c/ MEDICAL COORPORATIVE TRADE S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto contra la empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del capital de condena mediante el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Modificó la forma de cálculo de los intereses moratorios, ordenando la actualización del capital de condena mediante el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se acreditó que la trabajadora ejercía funciones de categoría "D" del CCT 130/75, por lo que correspondía el pago de las diferencias salariales.
- Correspondía el pago de las indemnizaciones por despido indirecto y las previstas en la Ley de Empleo.
- Se declaró la inconstitucionalidad de los artículos 7 y 10 de la Ley 23.928 (texto según Ley 25.561) por afectar la garantía constitucional de propiedad.
- Para la actualización del capital y el cómputo de intereses, se aplicará el índice RIPTE más una tasa de interés puro del 6% anual.
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