CARRIZO, JOSE ANGEL c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció que la indemnización se actualice conforme a la ley 24.557 según el texto del DNU 669/2019.
Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la indemnización se calcule conforme a la ley 24.557 según el texto del DNU 669/2019, con algunas precisiones. Así, el capital se actualizará por RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva, y se aplicará un interés moratorio puro del 6% anual desde el accidente hasta la primer liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios.
Fundamentos principales:
- La Cámara adhirió a la postura mayoritaria de considerar al DNU 669/2019 como un decreto delegado válido, descartando los argumentos de inconstitucionalidad del voto disidente.
- Señaló que, si bien mantiene una posición contraria a la aplicación del DNU 669/2019, opta por aplicarlo en pos de la celeridad y economía procesal, ante la imposibilidad de imponer su criterio minoritario.
- Delineó distintas pautas para calcular los intereses según el momento de ocurrencia del hecho. Para este caso, correspondía aplicar el régimen del DNU 669/2019.
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