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LARROSA, ALEJANDRA SUSANA c/ BERKLEY INTERNATIONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por accidente de trabajo, pero la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en relación al cálculo de los intereses.

Intereses Incapacidad fisica Accidente de trabajo Ley 27 348 Constitucionalidad Dnu 669 19

Accidente de trabajo y reconocimiento de incapacidad física del 25,20%

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la aplicación de los intereses, considerando que el DNU 669/19 que establecía la tasa RIPTE es inconstitucional y, por lo tanto, correspondía aplicar la tasa de interés prevista en el art. 11 de la Ley 27.348.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el DNU 669/19 era inconstitucional por violar el principio de supremacía constitucional y el principio de irretroactividad de las leyes, al aplicarse retroactivamente a un accidente ocurrido con anterioridad a su dictado. Además, entendió que dicho decreto no se ajustaba a los supuestos de necesidad y urgencia que justifican el dictado de decretos de necesidad y urgencia. Por ello, correspondía aplicar la tasa de interés prevista en la Ley 27.348.

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