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CANO, ANDREA DE CARMEN c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora impugnó la tasa de interés aplicada en la sentencia de primera instancia. La Cámara modificó la sentencia y dispuso la aplicación de un interés más favorable al trabajador.

Intereses Accidente de trabajo Prestaciones dinerarias Ripte Capitalizacion semestral Inconstitucionalidad decreto 669 19

Percepción de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó ajustar las sumas adeudadas mediante el índice RIPTE y la aplicación de intereses capitalizables semestralmente conforme al Código Civil y Comercial, considerando que dicho mecanismo es más favorable para preservar el valor del crédito. La Dra. Cañal si bien adhirió al voto mayoritario, dejó a salvo su posición respecto a que la sola aplicación del RIPTE sin sancionar la mora, no resulta un medio adecuado para proteger el crédito del trabajador, sosteniendo que en casos anteriores propuso declarar la inconstitucionalidad del Decreto 669/19 y aplicar en su lugar el Acta 2783 o el IPC + 6%.

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