RUSSO, MARTIN EDUARDO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor inició demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la continuidad del trámite iniciado ante la justicia laboral, pese a la obligatoriedad del paso previo por las comisiones médicas.
Prestaciones por accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara ordenó la prosecución de la causa iniciada ante la justicia laboral, pese a la exigencia legal de tramitar previamente ante las comisiones médicas. Entendió que, dado el avanzado estado procesal, aplicar rigurosamente el requisito legal implicaría un dispendio jurisdiccional innecesario y una denegación de prestaciones de carácter alimentario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La norma que establece la obligatoriedad del trámite ante las comisiones médicas no es inconstitucional, ya que existen otros supuestos de instancias previas obligatorias en diversos procesos.
- Sin embargo, en este caso concreto, donde la causa ya se encuentra en etapa avanzada, aplicar estrictamente dicho requisito implicaría dejar sin efecto todo lo actuado y obligar al trabajador a reiniciar el trámite, lo cual resulta contrario a la prudencia y a los fines de justicia.
- La Corte Suprema ha sostenido que en casos de avanzado estado procesal y contenido alimentario, es aconsejable que la causa continúe tramitando en la jurisdicción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: