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RUSSO, MARTIN EDUARDO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor inició demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la continuidad del trámite iniciado ante la justicia laboral, pese a la obligatoriedad del paso previo por las comisiones médicas.

Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Comisiones medicas Derechos alimentarios Continuidad procesal Instancia administrativa previa

Prestaciones por accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara ordenó la prosecución de la causa iniciada ante la justicia laboral, pese a la exigencia legal de tramitar previamente ante las comisiones médicas. Entendió que, dado el avanzado estado procesal, aplicar rigurosamente el requisito legal implicaría un dispendio jurisdiccional innecesario y una denegación de prestaciones de carácter alimentario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La norma que establece la obligatoriedad del trámite ante las comisiones médicas no es inconstitucional, ya que existen otros supuestos de instancias previas obligatorias en diversos procesos.
- Sin embargo, en este caso concreto, donde la causa ya se encuentra en etapa avanzada, aplicar estrictamente dicho requisito implicaría dejar sin efecto todo lo actuado y obligar al trabajador a reiniciar el trámite, lo cual resulta contrario a la prudencia y a los fines de justicia.
- La Corte Suprema ha sostenido que en casos de avanzado estado procesal y contenido alimentario, es aconsejable que la causa continúe tramitando en la jurisdicción.

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