FARIÑA, ERICA DIANA c/ CENTRO MEDICO PREVENTUS S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
La técnica radióloga demandó por despido indirecto ante falta de pago de salarios. La Cámara modificó la sentencia y condenó a la empleadora a indemnizar a la trabajadora por despido discriminatorio por maternidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Érica Diana Fariña, se desempeñó como técnica radióloga para el Centro Médico Preventus SRL entre 2015 y 2020. En agosto de 2020, la trabajadora se colocó en situación de despido indirecto por falta de pago de los salarios correspondientes a mayo, junio y julio de ese año.
- En primera instancia, se rechazó la demanda. La trabajadora apeló.
- La Cámara revocó la sentencia y declaró procedente el despido indirecto, condenando a la empleadora al pago de indemnizaciones por despido (arts. 232, 233 y 245 LCT), duplicación (art. 2 DNU 34/2020), multa (art. 2 ley 25.323) y otros rubros salariales adeudados.
- En disidencia, dos jueces votaron por adicionar una indemnización agravada por maternidad (art. 178 LCT), al entender que el despido se produjo en el período de tutela especial posterior al parto de la trabajadora.
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