BENTO, EDUARDO MIGUEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado reclama indemnización; La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica sentencia y ordena recalcular monto de condena.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica la sentencia de primera instancia. Fija el crédito en $16.817.093,77 más intereses al 6% anual desde agosto 2024 hasta pago efectivo. Descarta aplicar las Actas 2764 y 2783 de la CNAT por considerarlas contrarias a la doctrina de la CSJN en los casos "Oliva" y "Fontaine". En su lugar, ordena recalcular la indemnización aplicando el índice RIPTE (Decreto 669/19) desde la fecha del siniestro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La aplicación de las Actas 2764 y 2783 de la CNAT resultaría contraria a los lineamientos del art. 770 del CCCN y a la doctrina de la CSJN en los casos "Oliva" y "Fontaine", que establecen que la capitalización periódica de intereses es improcedente y que los intereses sólo deben emplearse como mecanismo de ponderación objetiva de la realidad económica.
- Corresponde fijar el crédito en disputa en $16.817.093,77 en valores de agosto 2024, más intereses al 6% anual, a fin de evitar un monto envilecido que no responda a las pautas de un legítimo resarcimiento.
- Se remite al voto de la Dra. Craig para la aplicación del índice RIPTE (Decreto 669/19) desde la fecha del siniestro a efectos de actualizar el monto de condena.
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