BOXLER, CARLOS DARIO c/ ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido incausado y discriminación. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por la procedencia del reclamo de indemnización por despido discriminatorio.
Despido incausado e indemnización por discriminación
¿Qué se resolvió?
Se confirma la procedencia de las indemnizaciones por despido incausado (arts. 232, 233 y 245 LCT). Se revoca la desestimación de la indemnización por despido discriminatorio y se la reconoce, fijándola en $1.464.886,80.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El despido invocando el art. 10 del CCT 126/75 no es una causal válida, pues la edad por sí sola no implica pérdida de idoneidad.
- Los testimonios acreditaron que el despido obedeció a una discriminación por la afiliación del actor al sindicato SAGRA.
- Corresponde indemnizar el daño moral derivado del despido discriminatorio, aplicando analógicamente los arts. 178 y 182 LCT.
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