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HERNANDEZ FERNANDO ALCIDES ( ACT) c/ PLASTIC OMNIUM AUTO INERGY ARGENTINA S.A. (EX INERGY AUTOMOTIVE SYSTEMS ARGENTINA SA Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y obtuvo la modificación parcial de la sentencia de primera instancia, con un incremento en el monto indemnizatorio.

Solidaridad Despido Horas extras Representacion sindical Art 1 ley 25 323

pago de indemnizaciones por despido, art. 1 Ley 25.323, compensación por daño moral y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se confirmó el rechazo de la indemnización por daño moral y el reclamo por horas extras, pero se condenó al pago de la indemnización del art. 1 Ley 25.323 por deficiente registro de la fecha de ingreso. Además, se hizo extensiva la responsabilidad solidaria a Sesa Internacional S.A. Fundamentos relevantes:
- La relación laboral entre Hernandez y Plastic se encontraba deficientemente registrada al momento del despido, procediendo la sanción del art. 1 Ley 25.323.
- No se acreditó que Hernandez haya desarrollado una actividad gremial de representación de los intereses colectivos de los trabajadores, por lo que no corresponde la indemnización por despido discriminatorio.
- Sesa Internacional S.A. debe responder solidariamente por las obligaciones emergentes de la relación laboral, por haber concurrido en la configuración del fraude.

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