KAPPEL, CLAUDIO MARTIN c/ EDITORIAL RIO NEGRO S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Despido
- Decisión:
- Se confirma que entre las partes existía una relación laboral regida por la presunción del art. 23 LCT, que no fue desvirtuada por la demandada.
- Se confirma la procedencia de las indemnizaciones de la Ley de Empleo.
- Se desestima el reclamo de diferencias salariales por no encuadrarse como "redactor" sino como "colaborador permanente" según el Estatuto del Periodista Profesional.
- Se modifica la tasa de interés, aplicando exclusivamente el CER desde la exigibilidad, morigerada en un 30%.
- Se regulan los honorarios de primera instancia.
Fundamentos principales:
- La calificación del vínculo como laboral se sustenta en la presunción del art. 23 LCT, que no fue desvirtuada.
- El actor no acreditó los requisitos para ser encuadrado como "redactor" en los términos del Estatuto del Periodista.
- La modificación de la tasa de interés adecua los efectos de la sentencia al contexto actual, sin afectar la cosa juzgada.
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