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MIGUENS SUAREZ, DANIEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y estableció un sistema de cálculo de la actualización y de los intereses.

Intereses Incapacidad Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Actualizacion Enfermedad profesional Decreto 669 19

Indemnización por accidente de trabajo (incapacidad física parcial y permanente del 11,97% de la TO)
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Estableció que el capital de condena debe actualizarse conforme al decreto 669/19 (que modifica el art. 12 de la ley 24.557), aplicando la variación del índice RIPTE desde la fecha de consolidación del daño hasta la liquidación. Además, fijó un interés moratorio puro del 6% anual desde la fecha de consolidación hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación.
- Fundamentación:
- El decreto 669/19, si bien es inválido como decreto de necesidad y urgencia, es válido como decreto delegado que ejerce la prerrogativa del art. 11.3 de la LRT.
- El mecanismo del art. 12 de la ley 24.557 (según decreto 669/19) para actualizar las indemnizaciones se corresponde con la noción de "deudas de valor" del Código Civil y Comercial.
- Corresponde fijar un interés puro del 6% anual desde la consolidación del daño hasta la liquidación, para compensar la privación del capital.

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