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BURGOS, RITA ESTELA c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó el cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la acreencia se cuantifique conforme al régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo.

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- Actor: RITA ESTELA BURGOS
- Demandado: ART INTERACCION SA
- Objeto: Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la acreencia se cuantifique conforme al régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) según el texto del decreto 669/2019. Determinó que el capital indemnizatorio se actualizará por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva, y se aplicarán intereses moratorios del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, y luego el promedio de la tasa activa del Banco Nación. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que las indemnizaciones tarifadas por la ley de riesgos del trabajo tienen un sistema especial de valorización, por lo que corresponde aplicar el régimen del decreto 669/2019 que establece la actualización por el índice RIPTE.
- Señaló que el mecanismo de actualización por RIPTE previsto en el decreto 669/2019 permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal, lo que se corresponde con la noción de "deudas de valor".
- Fijó una tasa de interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, ya que el índice RIPTE no tiene por finalidad compensar la privación del capital.

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