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BURGOS, RITA ESTELA c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó el cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la acreencia se cuantifique conforme al régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo.

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¿Quién es el actor?

RITA ESTELA BURGOS

¿A quién se demanda?

ART INTERACCION SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que la acreencia se cuantifique conforme al régimen de la Ley de Riesgos del Trabajo (Ley 24.557) según el texto del decreto 669/2019. Determinó que el capital indemnizatorio se actualizará por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva, y se aplicarán intereses moratorios del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, y luego el promedio de la tasa activa del Banco Nación. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que las indemnizaciones tarifadas por la ley de riesgos del trabajo tienen un sistema especial de valorización, por lo que corresponde aplicar el régimen del decreto 669/2019 que establece la actualización por el índice RIPTE.
- Señaló que el mecanismo de actualización por RIPTE previsto en el decreto 669/2019 permite llegar a un valor actualizado de la tarifa legal, lo que se corresponde con la noción de "deudas de valor".
- Fijó una tasa de interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, ya que el índice RIPTE no tiene por finalidad compensar la privación del capital.

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