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FORTEZZA, JORGE ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por un accidente de trayecto. La Cámara modificó la sentencia y ordenó aplicar una tasa de interés acorde a la pérdida del poder adquisitivo del crédito.

Intereses Actualizacion monetaria Incapacidad psiquica Inconstitucionalidad Ley 27 348 Accidente de trayecto

Indemnización por accidente de trayecto ocurrido el 14.10.2022

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia en lo sustancial, pero se modifica el criterio de cálculo de intereses, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y disponiendo la actualización por IPC más tasa del 3% anual sobre el capital.
- Fundamentación:
- La incapacidad psíquica fue debidamente invocada en sede administrativa, por lo que no procede el planteo de la ART.
- La ley 27.348 contiene un sistema de actualización monetaria a través del RIPTE y una tasa de interés prevista, por lo que no corresponde aplicar nuevas actualizaciones sobre el importe indemnizatorio.
- Sin embargo, la tasa de interés prevista en la ley 27.348 resulta insuficiente para compensar la pérdida del poder adquisitivo del crédito, por lo que corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y aplicar una tasa de IPC más 3% anual.

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