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MARTINO VERONICA NOEMI Y OTROS c/ EN-M§ EDUCACION Y OTROS s/EMPLEO PUBLICO

Las actoras, docentes en instituciones públicas de la CABA, demandaron por diferencias salariales en el pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID). La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y condenó al Estado Nacional y al GCBA a abonar las diferencias salariales por el FONID, considerado de carácter remunerativo.

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Pago de diferencias salariales por el Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), considerado de carácter remunerativo. Adicionalmente reclamaron el pago de aportes previsionales y contribuciones a la seguridad social.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la decisión de primera instancia y condenó al Estado Nacional y al GCBA a abonar las diferencias salariales por el FONID, considerado de carácter remunerativo. Además, ordenó el pago de los aportes previsionales y contribuciones a la seguridad social que se deriven de la correcta liquidación del FONID.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el Estado Nacional tenía legitimación pasiva en el proceso, dado que la ley que creó el FONID le atribuye responsabilidades específicas en cuanto a su implementación, liquidación y pago. Además, interpretó que el FONID tiene carácter remunerativo, por lo que corresponde el pago de los aportes y contribuciones pertinentes. Por último, determinó que existió un "desfasaje" o atraso en el pago del FONID, por lo que corresponde el pago de intereses moratorios.

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