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PAMPA ENERGIA SA c/ EN-AFIP-DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La empresa Pampa Energía reclamó la inconstitucionalidad del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al entender que la existencia de pérdidas contables no acredita la falta de capacidad contributiva.

Inconstitucionalidad Capacidad contributiva Impuesto a la ganancia minima presunta Perdidas contables Resultados


¿Quién es el actor?

Pampa Energía SA

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta correspondiente al período fiscal 2014.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 25.063 estableció el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, que se determina sobre los activos valuados según la ley.
- En "Hermitage", la Corte Suprema declaró inconstitucional la presunción iure et de iure de que los activos generan una renta del 1%, al comprobarse que no hubo ganancia en el caso concreto.
- Sin embargo, en este caso la empresa tuvo un resultado contable positivo de $727.301.077 en 2014, lo que acredita la existencia de renta, más allá del quebranto declarado en el Impuesto a las Ganancias.
- La existencia de pérdidas en el Impuesto a las Ganancias no es suficiente para demostrar la falta de capacidad contributiva, si no se acredita la ausencia de ganancia económica.

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