HERRERA KARINA RAQUEL c/ EN -M° JUSTICIA-PFA DTO 2744/93 884/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó incluir en el haber mensual del personal de la Policía Federal los suplementos remunerativos y bonificables.
Que se incluya dentro del haber mensual, con carácter remunerativo y bonificable, los suplementos dispuestos por diversos decretos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Los decretos 1255/05, 1126/06 y 861/07 convalidados por el Congreso Nacional, al aplicarse a la generalidad del personal policial, desnaturalizan la calificación de "no remunerativos y no bonificables" de los suplementos del decreto 2744/93.
- Los suplementos del decreto 1322/06 tienen carácter general, fijo y permanente, por lo que deben ser incorporados al "haber mensual".
- El plazo de prescripción aplicable es de 5 años, conforme lo resuelto por el tribunal en otros precedentes.
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