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PHILIPS ARGENTINA SA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 - ART 45

La empresa Philips Argentina S.A. apeló la sanción impuesta por el Director Nacional de Defensa del Consumidor por incumplir un acuerdo conciliatorio. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la multa aplicada.

Recurso de apelacion Defensa del consumidor Multa administrativa Incumplimiento de acuerdo conciliatorio


¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Defensa del Consumidor

¿A quién se demanda?

Philips Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Incumplimiento de un acuerdo conciliatorio en el marco de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Decisión del tribunal: La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por Philips Argentina S.A. y confirmó la disposición que aplicó una multa de $200.000 por la infracción al art. 46 de la Ley 24.240.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Quedó acreditado que Philips incumplió el acuerdo conciliatorio al entregar los televisores con un retraso de nueve días hábiles, sin justificar adecuadamente los motivos de la demora.
- Al tratarse de una infracción formal, basta con comprobar el incumplimiento para atribuir responsabilidad al infractor, sin necesidad de acreditar un daño concreto.
- La sanción aplicada no se considera desproporcionada en relación a la falta cometida, considerando la relevancia del bien jurídico protegido, la posición de Philips en el mercado y la existencia de antecedentes infraccionales.

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