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CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986

El Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad, Cultura y Acción Social promovió una acción de amparo contra la AFIP para acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, pero la Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia y ordenó a la AFIP permitir a la actora acceder a dichos beneficios.

Principio de igualdad Covid 19 Accion de amparo Programa de asistencia de emergencia al trabajo y la produccion atp Registro publico de empleadores con sanciones laborales repsal


¿Quién es el actor?

Centro Gallego de Buenos Aires Mutualidad, Cultura y Acción Social

¿A quién se demanda?

AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acceder a los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) creado por el Decreto 332/20 y modificatorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado la acción de amparo, y ordenó a la AFIP permitir a la actora acceder a los beneficios del ATP. La Cámara consideró que si bien la actora se encontraba inscripta en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) por una sentencia laboral, la exclusión de los beneficios del ATP que establecía el art. 3 de la Resolución 352/2020 del Ministerio de Trabajo para esos casos resultaba arbitraria e irrazonable, vulnerando el principio de igualdad. Señaló que la finalidad del ATP era morigerar el impacto de la emergencia, por lo que no correspondía excluir a la actora de dichos beneficios.

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