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LEIVA, DEBORA BEATRIZ c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora reclamaba el suplemento por variabilidad de vivienda por haber sido destinada a prestar servicios en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda al considerar que el suplemento no procede cuando el agente presta servicios dentro de la Capital Federal.

Personal policial Ciudad autonoma de buenos aires Suplemento por variabilidad de vivienda Lugar de reclutamiento Lugar de prestacion de servicios Decreto n 1866 83


- Actora: Débora Beatriz Leiva

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia, Seguridad, y Derechos Humanos
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reconocimiento y liquidación del suplemento por "variabilidad de vivienda" durante el período que prestó funciones en el Cuerpo de Prevención Barrial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza de primera instancia señaló que la situación de la actora no se encontraba contemplada dentro del régimen establecido para percibir el suplemento reclamado, es decir, los artículos 391 y 392 del Decreto N° 1866/83, ya que esas normas no prevén el reconocimiento del suplemento de variabilidad de vivienda cuando los agentes policiales prestan servicios dentro de la Capital Federal. La Cámara confirmó este criterio, remitiendo a jurisprudencia previa de la misma Sala.

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