KALLPA COMPAÑIA FINANCIERA Y DE INVERSION SRL Y OTRO c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/ENTIDADES FINANCIERAS - LEY 21526 - ART 42
La sociedad Kallpa SRL promovió recurso directo contra la resolución del Banco Central de la República Argentina que le impuso una multa por el uso indebido de la denominación Compañía Financiera. La Cámara Contencioso Administrativo Federal - Sala IV confirmó la sanción aplicada.
¿Quién es el actor?
Kallpa SRL y Pablo Gustavo Fondevila
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina (BCRA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra resolución 98/19 del BCRA que impuso multas a Kallpa SRL ($ 76.600) y a Pablo Gustavo Fondevila ($ 22.980) por el uso indebido de la denominación "Compañía Financiera"
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala IV rechazó los recursos interpuestos por Kallpa SRL y Pablo Gustavo Fondevila, confirmando las sanciones aplicadas por el BCRA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La denominación "Compañía Financiera" sólo puede ser utilizada por entidades financieras autorizadas, por lo que su uso por una sociedad que no realiza intermediación financiera constituye una infracción al art. 19 de la Ley 21.526.
- La inscripción de la denominación en el Registro Público de Comercio no convalida el vicio y no obsta a la configuración de la falta.
- La ausencia de dolo o de perjuicios concretos no impide la sanción, que tiene un carácter técnico-administrativo y surge de la contrariedad objetiva con la normativa.
- El BCRA aplicó correctamente las pautas reglamentarias para graduar las sanciones, sin incurrir en arbitrariedad.
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