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MANTOVANO, MARIA CECILIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió amparo contra el Estado Nacional. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios en favor de los letrados de la demandada.

Honorarios Amparo Ley 21 839 Ley 24 432 Camara contencioso administrativa federal

¿Qué se resolvió en el fallo?


- Quien demanda (Actor): María Cecilia Mantovano
- A quien se demanda (Demandado): Poder Ejecutivo Nacional Objeto: Amparo Ley 16.986 Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios de los abogados Jorge Martín Ferraro y Ricardo Luis Lanzelotti, que representaron a la parte demandada. Se tomó en cuenta la naturaleza del asunto, lo establecido en la Ley de Aranceles y las tareas desarrolladas por los letrados. Los principales fundamentos fueron:
- Aplicación de los incisos b) a f) del art. 6 de la Ley 21.839 modificada por Ley 24.432, que fija un honorario mínimo en los procesos de amparo.
- Atención al mérito, calidad, eficacia y extensión de las tareas desarrolladas por los letrados.
- Regulación de los honorarios de los abogados por su actuación en la alzada, en base a lo establecido en los arts. 14, 20 y 30 de la Ley 21.839.
- Determinación del impuesto al valor agregado que integra las costas del juicio.

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