BUNGE ARGENTINA SA c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La actora promovió recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación que rechazó la condonación de intereses. La Cámara Contencioso Administrativa Federal declaró condonados los intereses resarcitorios en los términos de la Ley 27.260.
Condonación de intereses resarcitorios relacionados con un cargo por derechos de exportación
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso directo, declarando condonados los intereses resarcitorios en los términos del art. 56 de la Ley 27.260, al considerar que el capital ya había sido cancelado con anterioridad a la entrada en vigencia de dicha ley.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se remitió a lo resuelto en un precedente de la misma causa, donde se concluyó que no correspondía exigirle al contribuyente el desistimiento de la acción de repetición para acceder a la condonación de intereses, dado que ese requisito sólo estaba establecido para la regularización de obligaciones y no para la condonación de intereses de obligaciones ya canceladas. Además, se señaló que el pago de los derechos de exportación tuvo carácter extintivo de la obligación, por lo que procedía la condonación de los intereses resarcitorios.
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