INGUI, DIEGO ANDRES Y OTRO c/ EN - M DEFENSA- AA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda por diferencias salariales de personal militar de la Armada. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que hizo lugar al reclamo y ordenó el pago de las retroactividades.
¿Quién es el actor?
Personal en actividad de la Armada Argentina
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamaron el carácter remunerativo y bonificable de suplementos creados por el Decreto 1305/12 y normativas modificatorias, y el pago de las retroactividades.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos por ambas partes y confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Aclaró que el devengamiento de los créditos reconocidos al actor tendrá límite temporal al 1/10/2020 por la derogación del Decreto 1305/12, y que el pago deberá realizarse conforme a las leyes 23.982, 24.624 y 26.895. Distribuyó las costas por su orden, confirmando la decisión de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde remitir -en lo pertinente
- a lo resuelto por esta Sala en los autos "Terrazas Chauque, Eduardo José y otros c/ EN – M Defensa – personal militar y civil de las FFAA y de seg.", causa nº 55.408/18, pronunciamiento del 3 de octubre de 2019, cuyo texto puede ser consultado en el siguiente enlace: [...] En consecuencia, por los fundamentos allí expuestos, debe desestimarse el recurso deducido por el Estado Nacional."
"En orden a la queja formulada por la parte actora con relación a la imposición de las costas, corresponde recordar que el principio objetivo de la derrota sentado en el artículo 68, primer párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación no es absoluto y que, en tal sentido, la segunda parte del citado precepto prevé la posibilidad de eximir de costas al vencido cuando el juzgador encontrare mérito para ello."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: