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FERNANDEZ AVILES ANABELLA ANDRES Y OTROS c/ EN-M§ EDUCACION Y OTROS s/EMPLEO PUBLICO

Docentes reclaman pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID). La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sentencia que condenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a incorporar el FONID al salario de los docentes.

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Pago del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID)

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se condena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a incorporar el FONID al salario de los docentes y abonar las diferencias salariales. Se rechaza la pretensión por mora en el pago del FONID. Fundamentos principales:
- La Cámara establece que el FONID tiene carácter remunerativo y debe ser incorporado al salario docente.
- Confirma que el Estado Nacional (Ministerio de Educación) puede ser condenado por falta de transferencia de fondos al Gobierno de la Ciudad, lo que impidió el pago del FONID.
- Respecto a la mora en el pago, la Cámara considera que el mecanismo de liquidación y pago del FONID es complejo, sin plazos ciertos, por lo que el pago trimestral o semestral vencido no resulta irrazonable.

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