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BROUCHOUD, ELENA ESTHER Y OTRO c/ EN-M HACIENDA-AFIP s/AMPARO LEY 16.986

Jubiladas obtienen exención del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la decisión de primera instancia de declarar la inconstitucionalidad de la aplicación de dicho tributo.

Inconstitucionalidad Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Amparo Haberes jubilatorios


- Actores: Elena Esther Brouchoud e Hilda Melinger

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Hacienda
- AFIP

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 1, 2 y 79 inc. c) de la Ley 20.628 y disponer la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre los haberes de retiro que perciben de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina. Solicitar la devolución de los importes descontados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Declaró la inconstitucionalidad de los arts. 2 y 79 inc. c) de la Ley 20.628, ordenó a la AFIP que se abstenga de retener el impuesto a las ganancias sobre los haberes jubilatorios de las actoras y les reintegre los montos retenidos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara remitió a la doctrina establecida por la CSJN en el precedente "García, María Isabel", que exige examinar si los beneficiarios de la seguridad social se encuentran en las mismas circunstancias o si hay condiciones especiales de vulnerabilidad que justifiquen un tratamiento fiscal diferenciado. Consideró que las actoras, de 71 y 89 años, acreditaron su estado de salud y vulnerabilidad.

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