CENTENO, GUSTAVO FEDERICO Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Personal militar del Ejército Argentino reclama la incorporación al haber mensual de suplementos creados por Decreto 1305/12. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica la sentencia y establece los límites temporales del pago de dichos suplementos.
¿Quién es el actor?
Personal militar del Ejército Argentino
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incorporación al haber mensual de suplementos por Responsabilidad Jerárquica y por Administración del Material creados por Decreto 1305/12.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia en cuanto al fondo, pero modifica en lo referente a la vigencia temporal de los suplementos reclamados, estableciendo que el devengamiento de los créditos reconocidos se limita hasta el 1 de octubre de 2020, fecha en la cual el Decreto 1305/12 fue derogado. Además, modifica la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado.
Fundamentos principales:
- La Cámara remite a lo resuelto en el precedente "Terrazas Chauque" en cuanto a la procedencia de los suplementos reclamados.
- Respecto a la inaplicabilidad de la doctrina "Zanotti" invocada por la demandada, la Cámara aclara que el juez de grado se limitó a disponer que se tengan presentes las pautas allí fijadas para la liquidación, sin que ello implique extender las conclusiones de dicho precedente a este caso.
- Se establece que el devengamiento de los créditos reconocidos encuentra su límite temporal en la fecha de derogación del Decreto 1305/12 (1/10/2020).
- Se modifica la imposición de costas, distribuyéndolas en el orden causado.
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