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OCHOCIENTOSEIS SRL c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso extraordinario interpuesto contra la decisión que atribuyó competencia al Juzgado Federal de Mar del Plata.

Recurso extraordinario Competencia Estado nacional Amparo Secretaria de gobierno de energia


¿Quién es el actor?

OCHOCIENTOSEIS SRL

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL ARGENTINO, SECRETARIA DE GOBIERNO DE ENERGIA Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo Ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal denegó el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional contra la sentencia que declaró inadmisible la inhibitoria deducida por la Secretaría de Gobierno de Energía y atribuyó la competencia al Juzgado Federal de Mar del Plata N° 4.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las resoluciones sobre cuestiones de competencia no son revisables en la instancia extraordinaria por no constituir sentencias definitivas.
- La arbitrariedad alegada no es causal admisible, ya que la sentencia muestra suficiente fundamentación fáctica y jurídica para constituir un acto jurisdiccional válido.

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