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SUBIRA, JAIME OSCAR c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sancionó a un abogado por incurrir en faltas éticas al promover una caterva de incidentes con el fin de dilatar el proceso civil en el que actuaba. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la suspensión por seis meses en el ejercicio de la profesión.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Jaime Oscar Subira, abogado Demandado: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) Objeto: Impugnación de sanción disciplinaria de suspensión por 6 meses en el ejercicio de la abogacía Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución del Tribunal de Disciplina del CPACF que sancionó al abogado Subira por incurrir en faltas éticas al promover reiteradamente incidentes de recusación con el fin de dilatar un proceso civil a cargo de su defendido. El Tribunal de Disciplina consideró que la conducta del abogado, pese a haber sido previamente sancionado por la Cámara Civil como temeraria y maliciosa, demostraba una actuación irrazonable y carente de explicación valedera, afectando así el derecho de la contraparte a la tutela judicial efectiva. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la suspensión, señalando que la subsunción de la conducta en la infracción deontológica era resorte primario del órgano sancionador y que la determinación de la sanción no resultaba manifiestamente arbitraria.

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